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Guía para evitar al «moroso profesional» del alquiler

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Los expertos instan a desconfiar de inquilinos con prisas, de aquellos que se resistan a dar toda la documentación o que ofrecen por adelantado el pago de varios meses

El director de Estudios y Calidad del Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), Sergio Cardona, advierte que «quien deja de pagar una vez lo suele hacer más» y aconseja «desconfiar» de los aspirantes a inquilino que tienen prisa u ofrecen adelantar en metálico la cuota de varios meses o se resisten a aportar documentación. Al respecto, constata que la morosidad en el sector del alquiler se ha incrementado en los últimos años y lo atribuye, entre otros motivos, al crecimiento del sector. En concreto, la proporción de personas que viven alquiladas en España ha crecido del 7% en 2007 al 20% en la actualidad.

«No hay un perfil claro de moroso»

Por otra parte, Cardona destaca que «solo una pequeña parte de la morosidad llega a los juzgados», y que «no hay un perfil claro de moroso». Según el índice de morosidad interanual, elaborado por el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM) con datos de 2015, la morosidad registra un incremento del 8,49% de media en España, con una deuda media de 6.425 euros.

Tanto Cardona como el profesor del Departamento de Economía, Finanzas y Contabilidad de Esade, Joan Carles Amaro, sostienen que lo importante es prevenir y aconsejan firmar un «buen contrato, que deje claras las condiciones» o consultar las bases de datos de morosos como el FIM para conocer mejor al inquilino así como dotarse de un seguro de cobro o acudir a iniciativas públicas como el Plan Alquila de la Comunidad de Madrid.

La gestión profesional

Cada vez más empresas ofrecen servicios profesionales relacionados con el alquiler (selección de inquilinos, cobro de alquileres…).

La vía judicial

Si nos hemos encontrado ante un inquilino moroso, queda la alternativa de acudir a la Justicia. En este sentido, Cristina Izquierdo, advierte que «no todo el mundo se lo puede permitir. Es un proceso muy caro». Una opinión sobre los juicios por impagos de rentas -así se les conoce- de la que difiere Tomás Felipe, abogado del Departamento de Derecho Inmobiliario de Legálitas quien destaca que hay «minutas de despachos de abogados muy competitivas». Sin embargo, matiza que en más del 80% de los casos se termina constatando la insolvencia patrimonial de los inquilinos. «Lo que hace muy difícil la recuperación de las deudas», lamenta este abogado que advierte contra algunas prácticas dilatorias para alargar determinados procedimientos. En cualquier caso, recomienda «pedir un presupuesto por adelantado» al abogado.

Según Amaro (Esade), un juicio por impago de rentas tiene una duración media de entre 6 y 8 meses en España. Una intervención que comienza con una denuncia en el juzgado, que es notificada al demandado para que en 10 días muestre su oposición o no al desahucio. Si hay oposición al desahucio se va a juicio, si no se procede al desahucio sin más dilación. Esto se puede deber, según comenta Tomás Felipe (Legálitas), a que «no puede pagar a un abogado». En este sentido, añade que «generalmente es difícil oponerse, ya que al denunciado se le reclama un dinero que es difícil de justificar» y recuerda que hay una tercera opción: el pago en un plazo de toda la deuda, a condición de que no haya habido un requerimiento extrajudicial previo.

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